El costo de la arbitrariedad en el Sistema Anticorrupción
Costo de la arbitrariedad en el Sistema Anticorrupción

De manera unánime, las seis instituciones que conforman el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) coincidieron ante el juez primero de Distrito en Materia Administrativa en que la expresidenta del Sistema, Vania Pérez Morales, realizó a título personal —sin contar con la autorización colegiada— las acusaciones por supuestos actos de corrupción en contra del exsecretario ejecutivo, Roberto Moreno. Esto vulneró el derecho de presunción de inocencia de Moreno Herrera y podría derivar en un resarcimiento económico que se pagaría con recursos del erario federal.

Acusaciones sin fundamento

En distintos momentos de 2025, Pérez Morales, como presidenta del SNA, aseguró que el entonces secretario ejecutivo había incurrido en actos de corrupción y que estaba siendo investigado por la Auditoría Superior de la Federación. El Comité Coordinador tenía conocimiento de esto y había acordado solicitar su renuncia. Sin embargo, la entonces presidenta nunca presentó evidencias de sus acusaciones.

A un año de esta arbitrariedad, recientemente se confirmó por parte del Tribunal de Disciplina Judicial, de la presidencia del Comité de Participación Ciudadana y de la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción —instituciones integrantes del Comité— que nunca existió sesión o reunión colegiada de trabajo en la que se haya autorizado la ejecución de las acusaciones en contra de Roberto Moreno.

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Falta de facultades legales

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, otro integrante del órgano colegiado, argumentó que el artículo 9 de la Ley General del SNA no faculta al Comité Coordinador para votar y otorgar autorización para que la presidenta del Comité realice entrevistas, intervenciones u oficios como el que envió a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, alertando sobre estas acusaciones para evitar la integración de Moreno Herrera al Poder Judicial federal.

La Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado establece que ninguna persona servidora pública, ni aquellas que ejerzan un cargo o comisión en un órgano del Estado, pueden utilizar su investidura para actuar fuera del marco de las atribuciones que les confiere la ley. En cambio, Vania Pérez habría utilizado su investidura y ejercido facultades que no tenía conferidas para acusar, a nombre del Comité Coordinador del SNA y sin pruebas, en espacios mediáticos, foros y comunicados oficiales a Roberto Moreno Herrera.

Consecuencias de la arbitrariedad

Esta actuación, además de arbitraria, constituye una actividad irregular del Estado que provocó un daño material y moral sistémico y reiterado durante todo un año. Este caso sienta un precedente para que instituciones colegiadas, servidores públicos y la ciudadanía en general estemos atentos ante cualquier intento de abuso de funciones, porque el costo de la arbitrariedad lo pagamos todos. En este caso, de admitirse la petición de un resarcimiento económico, este se pagaría con recursos del erario; es decir, con el dinero de los ciudadanos.

En el transcurso de este mes de junio, el juez Joacim Barrientos Zamudio resolverá si estas acusaciones vulneraron o no el derecho de presunción de inocencia del exservidor público.

El mundo ya cambió

De lo más certero de estos tiempos es la consigna que asegura que el mundo ya cambió. Hace apenas unas horas, el propio secretario de Economía, Marcelo Ebrard, ha declarado que el modelo histórico de libre comercio sin aranceles ha llegado a su fin. Ante el nuevo sistema proteccionista estadounidense y de cara a la revisión del Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá, surge una realidad que nos condiciona frente a la principal potencia mundial: no tenemos la economía que requerimos para condicionar una alternativa viable que sustituya lo que nos ofrecía el T-MEC ni para imponer un modelo que nos beneficie en todos los sentidos.

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