SCJN fortalece facultades de la Condusef para sancionar acoso en cobranza bancaria
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo histórico que refuerza significativamente las capacidades de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef). En una decisión unánime, el Pleno de la Corte confirmó que esta autoridad sí posee las facultades legales para imponer sanciones a las instituciones bancarias que incumplan con la obligación de reportar las quejas presentadas por usuarios en relación con las prácticas de cobranza llevadas a cabo por despachos externos.
Detalles del fallo y su impacto en la transparencia financiera
El caso central que originó este pronunciamiento judicial involucró a una institución bancaria que recibió dos multas administrativas por omitir el reporte, a través del Registro de Despachos de Cobranza (Redeco), de las quejas vinculadas a la gestión de sus despachos de cobranza contratados. La SCJN, al aprobar el proyecto del amparo en revisión 323/2025, determinó que la legislación que obliga a los bancos a rendir informes periódicos sobre estas quejas es completamente constitucional.
Esto significa que, a partir de ahora, las entidades financieras que contraten servicios de cobranza externa deberán informar de manera regular y detallada todas las inconformidades presentadas por los usuarios. Incluso aquellas instituciones que no cuenten con despachos de cobranza están obligadas a declararlo y validarlo expresamente, eliminando cualquier ambigüedad o falta de certeza jurídica en las normas que regulan la cobranza extrajudicial.
Procedimientos sancionadores y plazos definidos
Uno de los argumentos principales esgrimidos por el banco sancionado fue que el procedimiento administrativo de la Condusef violaba principios fundamentales como la legalidad y la seguridad jurídica. Sin embargo, la Corte rechazó categóricamente este planteamiento, confirmando la constitucionalidad del proceso sancionador.
El fallo establece de manera clara que existe un plazo definido de 180 días para que la autoridad emita y notifique su resolución final. Este marco temporal garantiza certeza jurídica tanto para las instituciones financieras como para los usuarios, asegurando que los casos no se prolonguen indefinidamente y que las sanciones se apliquen de manera oportuna y justa.
Implicaciones para los usuarios del sistema financiero
Esta resolución representa un avance crucial en la protección de los derechos de las personas usuarias del sistema financiero en México. Al fortalecer la capacidad de la Condusef para vigilar y sancionar prácticas abusivas de cobranza, se busca:
- Frenar el acoso en cobranza, una problemática que ha generado miles de inconformidades a nivel nacional.
- Mejorar la rendición de cuentas de las instituciones financieras, obligándolas a transparentar las quejas relacionadas con los despachos que actúan en su nombre.
- Reforzar los mecanismos de protección, asegurando que los usuarios cuenten con vías efectivas para defender sus derechos ante posibles abusos.
En definitiva, la SCJN ha sentado un precedente legal que no solo valida las facultades sancionadoras de la Condusef, sino que también promueve una mayor transparencia y responsabilidad en el sector bancario, contribuyendo a un entorno financiero más justo y seguro para todos los mexicanos.