SCJN Ordena Inclusión de Niños con Discapacidad en Parlamentos Abiertos de Quintana Roo
En una decisión histórica para los derechos humanos en México, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió proteger los derechos fundamentales de más de 36 mil niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad que residen en el estado de Quintana Roo. La sentencia surge como respuesta a una controversia constitucional presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual fue impulsada por la ministra Loretta Ortiz, reconocida por su trayectoria en la defensa de derechos humanos.
Una Ley Excluyente y Discriminatoria
El caso se originó debido a una regulación estatal que prohibía expresamente la participación de menores de edad en parlamentos abiertos donde se discutían políticas públicas que les afectaban directamente. Esta normativa, según determinó el máximo tribunal, "excluía de manera absoluta a niñas, niños y adolescentes con discapacidad", impidiéndoles expresar sus necesidades, propuestas y preocupaciones en espacios diseñados precisamente para escuchar sus voces.
Los ministros de la SCJN, entre ellos Giovanni Figueroa y Lenia Batres, avalaron el proyecto de resolución que calificó esta restricción como "injustificada y discriminatoria". La Corte enfatizó que los niños y adolescentes no deben ser tratados como "objetos de protección", sino como titulares plenos de derechos cuya participación debe ser garantizada.
Obligaciones para el Congreso de Quintana Roo
A partir de la notificación formal de esta sentencia, el Congreso del Estado de Quintana Roo tiene la obligación legal de:
- Ajustar toda la regulación existente sobre parlamentos abiertos
- Modificar las convocatorias correspondientes
- Permitir la participación de niñas, niños y adolescentes con discapacidad
- Considerar su edad y nivel de madurez en los procesos participativos
- Garantizar condiciones accesibles y seguras para su intervención
Esta decisión judicial marca un precedente importante en la protección de los derechos de la infancia con discapacidad en México, estableciendo que su exclusión de espacios de deliberación pública constituye una violación a sus derechos humanos fundamentales.



