Fallas procesales invalidan el cambio de régimen de gobierno en municipio jalisciense
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha anulado de manera definitiva el cambio de régimen de gobierno en el municipio de Bolaños, ubicado en la zona norte de Jalisco. Esta decisión revierte el proceso que buscaba transitar de un sistema basado en partidos políticos hacia uno regido por los usos y costumbres de la comunidad wixárika.
Irregularidades documentadas en el proceso consultivo
El proyecto, presentado por la magistrada Mónica Soto y avalado por el pleno del Tribunal, identificó múltiples fallas en la consulta realizada. La resolución de la Sala Regional Guadalajara, que había validado inicialmente el proceso, fue revertida tras detectarse graves irregularidades.
La ausencia de 17 videograbaciones de las asambleas comunitarias consultivas constituye uno de los principales motivos de la anulación. Estas grabaciones correspondían a localidades como:
- Tuxpan de Bolaños
- Mesa del Tirador
- Banco del Venado
- La Mesa del Pino
- Mesa de los Sabinos
- El Jomate
- Mesa de Tepic
- Cañón de Tlaxcala
- Coamostita
- Huizaista
- El Batallón
- Jazmines
- Barranquillas
- Barranca del Tule
- El Salto
- Mesa de Pajaritos
- Cerritos
Esta falta de registro videográfico implica que "se desconoce si la consulta en las referidas comunidades se realizó conforme a los usos y costumbres (a mano alzada)", según establece el fallo. Esta omisión pudo haber generado inconsistencias que afectaron la voluntad ciudadana.
Señalamientos de coacción y debate judicial
Otro argumento determinante fue la existencia de coacción en la voluntad de la ciudadanía durante la emisión del sufragio, lo que repercutió directamente en los resultados de la consulta. La magistrada Soto argumentó que correspondía al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana demostrar la ausencia de estas acciones cuestionadas.
En su proyecto, Soto dejó entrever "una actuación irregular que vulnera el proceso y sus resultados", estableciendo que las fallas documentadas invalidaban todo el procedimiento.
El magistrado Reyes Rodríguez, sin embargo, cuestionó el peso dado a la falta de videograbaciones: "¿Se llega a la conclusión de que se afectó el principio de certeza porque no hay videograbación? Y, además, esa falta de videograbación es atribuible a la autoridad y no al pueblo y a la comunidad indígena. Pues como que no me hace un sentido lógico una perspectiva donde se afecte voluntad el acto en principio públicamente celebrado a partir de la falta de actuación de una autoridad".
Consecuencias inmediatas y nuevo proceso
Como resultado de esta decisión del TEPJF, el decreto emitido por el Congreso de Jalisco que avalaba el cambio del régimen de gobierno en Bolaños queda invalidado. El Tribunal ordena la realización de un nuevo proceso de consulta que cumpla con todos los requisitos establecidos en la normativa electoral y respete los derechos de la comunidad wixárika.
Este caso representa un precedente importante en materia de consultas indígenas y procesos de cambio de régimen de gobierno a nivel municipal, destacando la necesidad de transparencia y apego estricto a los procedimientos establecidos.



