Perú implementa multas por transportar dos adultos en motocicletas, con enfoque flexible para menores
En Perú, la normativa que prohíbe el traslado de dos personas en una motocicleta ha sido reactivada, aunque con una importante distinción: la Policía Nacional del Perú (PNP) no aplicará sanciones automáticas cuando uno de los ocupantes sea menor de edad. Esta aclaración fue proporcionada por el general Humberto Alvarado, jefe de la División de Tránsito, quien detalló la aplicación de esta medida, cuyas multas oscilan entre S/ 660 (aproximadamente 196.72 dólares) y S/ 1,320 (alrededor de 393.44 dólares).
Enfoque policial y social en casos con menores
Tras una fase inicial de orientación y sensibilización, conocida como marcha blanca, la PNP ha iniciado operativos formales para fiscalizar esta infracción. Sin embargo, el general Alvarado enfatizó que, en situaciones donde los menores estén plenamente identificados, los agentes evaluarán cada caso con criterio y no de manera rígida. Se considerarán factores como si el traslado responde a actividades cotidianas y legítimas, como paseos recreativos propios del verano o desplazamientos vinculados al ámbito escolar.
La norma, según remarcó, está diseñada principalmente para frenar el uso de motocicletas en la comisión de delitos o para evadir a la policía durante persecuciones, y no para perjudicar a familias que dependen de este medio como transporte diario. Por lo tanto, la PNP adoptará un enfoque policial, social y humano cuando el acompañante sea un menor, evitando sanciones injustificadas a quienes no representan un riesgo para la seguridad ciudadana.
Prohibición estricta para dos adultos y excepciones para vehículos eléctricos
En contraste, la situación es distinta cuando se trata de dos adultos. En esos casos, la prohibición es clara y no admite excepciones. No importa si son familiares, parejas o esposos: si ambos tienen más de 18 años, se incurre en la infracción M41, lo que resulta en la aplicación de multas correspondientes.
Respecto a los vehículos eléctricos, la autoridad precisó que estos no están incluidos en la restricción. La norma solo se aplica a motocicletas de las categorías L1 y L3, definidas por su cilindraje y capacidad de velocidad. Al no cumplir con estas características, las motos eléctricas y otros vehículos de baja velocidad quedan fuera de la sanción, lo que refleja un enfoque diferenciado basado en el tipo de vehículo.
Operativos descentralizados y fiscalización integral
Finalmente, la PNP informó que los operativos se realizan de forma descentralizada en distintos puntos y horarios del país. Estas intervenciones no solo buscan sancionar el traslado de dos adultos en moto, sino también otras infracciones al reglamento de tránsito, asegurando una fiscalización integral para mejorar la seguridad vial en Perú.