Suprema Corte avala al IMSS: pensiones que podrán eliminarse
Suprema Corte avala al IMSS: pensiones eliminables

Una resolución reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha generado diversas posturas sobre el tema de las pensiones en México. La decisión, que respalda acciones del Instituto Mexicano del Seguro Social, abre la puerta a ajustes que podrían impactar directamente a ciertos beneficiarios del sistema. Cabe destacar que, lejos de ser una medida generalizada, el fallo responde a una revisión más estricta de los criterios bajo los cuales se otorgan algunas pensiones, en un intento por corregir irregularidades detectadas en el sistema.

¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre las pensiones del IMSS?

El máximo tribunal del país avaló que los empleados del propio Instituto no pueden cobrar al mismo tiempo la pensión por jubilación —derivada del contrato colectivo— y la pensión de vejez contemplada en la ley. De hecho, uno de los puntos clave del fallo es evitar que una persona reciba de manera simultánea dos tipos de pensión al momento de la jubilación.

Por lo tanto, el tribunal determinó que recibir ambos beneficios al mismo tiempo representa una duplicidad indebida, debido a que los dos esquemas son cubiertos por un mismo empleador: el propio Instituto.

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El IMSS: un modelo “más amplio” que integra la pensión legal

Según el criterio del Poder Judicial, el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) se considera un esquema de carácter extralegal que ofrece beneficios más robustos que los contemplados en la normativa general. En ese sentido, se interpreta que la jubilación contractual ya engloba lo correspondiente a una pensión por vejez.

La resolución —derivada del Amparo directo en revisión 5192/2024— establece que este modelo no solo cubre el monto base, sino que también incorpora prestaciones adicionales, como apoyos familiares y asistenciales, lo que se traduce en mejores condiciones económicas para los trabajadores retirados.

Bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, el tribunal resolvió de forma unánime que no se vulnera el derecho a la seguridad social, dado que los beneficiarios siguen percibiendo un ingreso suficiente para su sustento.

En este contexto, el IMSS tendría, en todo caso, la responsabilidad de ajustar el pago para alcanzar el nivel más alto contemplado en el régimen contractual, pero no de cubrir ambas pensiones de manera simultánea.

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