SCJN Prohíbe Comparecencia de Menores Víctimas de Abuso Sexual ante Jueces
SCJN: Menores víctimas de abuso sexual no comparecerán ante juez

SCJN Establece Protección para Menores Víctimas de Delitos Sexuales

En una decisión histórica, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que los menores víctimas de delitos sexuales no deben comparecer ante un juez durante el desahogo de pruebas. Esta medida busca salvaguardar el interés superior de la infancia y prevenir su revictimización, marcando un precedente crucial en el sistema judicial mexicano.

Fundamentos de la Resolución

El proyecto, elaborado por el ministro ponente Arístides Rodrigo Guerrero García, enfatiza que el interés superior de la infancia debe guiar todos los procedimientos que involucren a niños, niñas o adolescentes. Las personas juzgadoras tienen la obligación de asegurar que se respeten los derechos y garantías procesales en cada etapa, garantizando un acceso efectivo a la justicia y una defensa adecuada.

Además, se subraya la necesidad de impedir la victimización secundaria, la cual no surge directamente del acto delictivo, sino de respuestas inadecuadas por parte de instituciones públicas y personas hacia las víctimas menores de edad. Esta decisión refleja un avance significativo en la protección de los derechos humanos de la infancia.

Antecedentes del Caso

El caso se originó a partir de un amparo directo en revisión, presentado por la madre y el padre de los menores afectados. Ellos impugnaron una resolución del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, que había ordenado la comparecencia de los menores en el proceso judicial donde son víctimas.

En los antecedentes, se detalla que el padre de los menores fue sentenciado a más de 22 años de prisión como presunto responsable de abuso sexual contra sus hijos. La madre detectó las agresiones y presentó la denuncia que condujo a la detención del padre, quien inicialmente recibió una condena de más de 13 años, posteriormente incrementada tras una impugnación.

Al impugnar la sentencia, el padre presentó argumentos que resultaron en un amparo, llevando el caso al Décimo Tribunal Colegiado. Esta autoridad ordenó la comparecencia de los menores, decisión que fue finalmente impugnada por los progenitores y revisada por la SCJN.

Implicaciones y Futuro

Esta resolución no solo protege a los menores de situaciones traumáticas durante los procesos judiciales, sino que también establece un estándar más alto para el tratamiento de casos de abuso sexual. Se espera que esta medida inspire reformas adicionales en el sistema de justicia para priorizar el bienestar de las víctimas infantiles.

En resumen, la SCJN ha dado un paso firme hacia una justicia más compasiva y efectiva, asegurando que los derechos de los menores sean respetados sin exponerlos a daños adicionales.