SAT amplía plazo para Buzón Tributario: multas de hasta 11,540 pesos inician en 2027
SAT amplía plazo para Buzón Tributario: multas hasta 2027

SAT otorga prórroga para Buzón Tributario: multas se aplicarán a partir de 2027

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha extendido el plazo para que los contribuyentes habiliten el Buzón Tributario, evitando así sanciones económicas que oscilan entre los 3,850 y 11,540 pesos. De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación, esta medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2027, brindando un margen adicional para el cumplimiento.

¿Qué es el Buzón Tributario y por qué es crucial?

El Buzón Tributario del SAT constituye el canal oficial de comunicación electrónica entre la autoridad fiscal y los contribuyentes. A través de este sistema, se envían notificaciones, requerimientos y mensajes de interés, además de permitir la presentación de avisos y promociones fiscales. Su activación es fundamental para mantener una comunicación fluida y evitar complicaciones legales.

Obligatoriedad y excepciones: ¿quiénes deben habilitarlo?

El SAT ha especificado que la habilitación del Buzón Tributario es obligatoria para la mayoría de las personas inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con ciertas excepciones:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales.
  • Personas físicas sin actividad económica.
  • Personas físicas o morales con suspensión de actividades.

Para personas físicas con ingresos por salarios menores a 400,000 pesos anuales en el ejercicio anterior, la activación puede ser opcional. Sin embargo, se vuelve obligatoria en los siguientes casos:

  1. Al realizar trámites que exijan el uso del Buzón Tributario.
  2. Si se emitieron Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos en los últimos 12 meses.
  3. Cuando se recibieron CFDI de nómina.

Multas por incumplimiento: detalles de las sanciones

Según los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, no habilitar el Buzón Tributario, no registrar o no actualizar los medios de contacto constituye una infracción. Las multas vigentes son:

  • Mínimo: 3,850 pesos.
  • Máximo: 11,540 pesos.

Con la prórroga establecida, estas sanciones comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2027, otorgando a los contribuyentes tiempo suficiente para regularizar su situación.

Requisitos para activar el Buzón Tributario

Para habilitar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Personas morales: contar con e.firma.
  • Personas físicas: disponer de e.firma, e.firma portable o Contraseña.
  • Registrar al menos un correo electrónico y un número de celular.

En caso de no activarlo, el SAT podrá realizar notificaciones por estrados, es decir, a través de otros medios legales, lo que podría generar retrasos y complicaciones adicionales.

Esta ampliación refleja el compromiso del SAT por facilitar la adaptación de los contribuyentes a las nuevas obligaciones digitales, promoviendo una mayor eficiencia en la gestión fiscal.