La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha dado a conocer el calendario oficial de días inhábiles para 2026, en el que se incluye el viernes 1 de mayo. Esta información es de suma importancia para los usuarios que requieran realizar operaciones bancarias, ya que las sucursales permanecerán cerradas y no se brindará atención al público.
¿Abren los bancos el viernes 1 de mayo?
De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los bancos no abrirán sus puertas el viernes 1 de mayo de 2026. Esta disposición se fundamenta en la Ley de la CNBV, que establece dicho día como parte del calendario oficial de suspensión de labores a nivel nacional. Por lo tanto, todas las instituciones financieras supervisadas por la CNBV deberán cerrar y suspender operaciones.
Instituciones que suspenderán labores el 1 de mayo
Además de los bancos, otras entidades financieras también cerrarán ese día. La lista completa incluye:
- Instituciones de crédito
- Casas de bolsa
- Bolsas de valores
- Instituciones para el depósito de valores
- Instituciones calificadoras de valores
- Contrapartes centrales de valores
- Bolsas de contratos de derivados
- Cámaras de compensación de instrumentos derivados y sus socios liquidadores
- Fondos de inversión
- Sociedades operadoras de fondos de inversión
- Sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión
- Sociedades valuadoras de acciones de fondos de inversión
- Sociedades financieras de objeto múltiple reguladas
- Sociedades financieras populares
- Sociedades financieras comunitarias
- Organismos de integración financiera rural
- Uniones de crédito
- Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
- Sociedades de información crediticia
- Instituciones de tecnología financiera
Calendario completo de días inhábiles para bancos en 2026
La CNBV publicó en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2025 las disposiciones que marcan los días de suspensión de labores para 2026. A continuación, se detallan las fechas en que los bancos e instituciones financieras cerrarán sus puertas:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero (en conmemoración del 5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo (en conmemoración del 21 de marzo)
- 2 y 3 de abril
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- 2 de noviembre y el tercer lunes de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre)
- 12 y 25 de diciembre
- Sábados y domingos
Es importante destacar que los almacenes generales de depósito y las casas de cambio podrán operar todos los días del año 2026, siempre que cumplan con las disposiciones aplicables.



