Hidalgo implementa reformas viales para mejorar convivencia y seguridad en calles
El Congreso del Estado de Hidalgo ha dado un paso significativo hacia la modernización de la movilidad urbana al aprobar un paquete de reformas integrales a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial. Estas modificaciones legislativas tienen como objetivo central mejorar la convivencia en las vialidades, reforzar de manera sustancial la protección de los usuarios más vulnerables y establecer un orden de circulación vehicular más claro mediante nuevas obligaciones y un régimen de sanciones actualizado.
Paso alternado obligatorio en cruceros sin semáforos
Entre las innovaciones más destacadas se encuentra la incorporación del artículo 26 Bis, que introduce de manera formal la obligatoriedad del sistema de paso "uno por uno" en todas las intersecciones o cruceros de igual jerarquía que carezcan de semáforos o señalización específica. La disposición es clara:
- Los conductores deben realizar un alto total al aproximarse a dichos cruces.
- El avance debe ser alternado, respetando estrictamente el orden de llegada de cada vehículo.
- En todo momento, se debe priorizar el paso de peatones, ciclistas y otros usuarios vulnerables de la vía pública.
Esta medida busca eliminar la ambigüedad y los conflictos comunes en este tipo de intersecciones, promoviendo un flujo más ordenado y seguro.
Refuerzo histórico del derecho preferente del peatón
Las reformas también fortalecen de manera contundente el derecho preferente del peatón mediante la modificación del artículo 67. A partir de ahora, los conductores tienen la obligación imperativa de detener completamente su vehículo no solo cuando una persona ya esté cruzando, sino también cuando manifieste su intención de hacerlo, ya sea en esquinas o en pasos peatonales designados. Esto representa un cambio cultural importante, colocando la seguridad del peatón en el centro de la ecuación vial.
Sanciones más estrictas por identificación vehicular
El paquete legislativo también aborda el problema de la identificación de vehículos. La reforma al artículo 68 prohíbe expresamente:
- El uso de porta placas, micas o cualquier aditamento que dificulte o impida la visibilidad legible de las placas de circulación.
- La utilización de elementos que alteren, modifiquen o dañen los hologramas o códigos oficiales de dichas placas.
Estas conductas han sido incorporadas al artículo 127 como causales de infracción, con un sistema de multas que puede oscilar entre tres y cincuenta Unidades de Medida y Actualización (UMA), dependiendo de la gravedad y las circunstancias específicas de cada caso.
La educación vial como eje fundamental
Finalmente, el decreto aprobado introduce de manera formal el concepto de educación vial como un eje fundamental de la política pública estatal. Se define como un conjunto integral de acciones orientadas a fomentar una cultura de respeto, convivencia y seguridad en el espacio público. Para lograr este objetivo, la ley contempla explícitamente el uso de tecnologías de la información y la comunicación como herramientas estratégicas para fortalecer y ampliar el alcance de estas campañas educativas entre la población.
En conjunto, estas reformas posicionan a Hidalgo a la vanguardia en la búsqueda de una movilidad más segura, ordenada y respetuosa para todos los usuarios de sus calles y carreteras.



